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Ingreso y egreso de Menores

Fuente: Consulado Argentino en Tenerife
https://ctene.cancilleria.gob.ar/es/content/ingreso-y-egreso-de-menores

Debido a la coyuntura Covid la atención al público y trámites puede verse modificada. Por lo que se recomienda enviar un mail a tramitestenerife@mrecic.gov.ar y el Consulado se comunicará con usted.

Autorización o Venia de Viaje para Ingreso y Egreso de menores de 13 años  que viajan solos
   
 El Trámite es presencial  por ambos padres (en caso de ausencia de uno de ellos deberá suplirse por un poder notarial)

La legislación Argentina establece que el padre y la madre comparten la patria potestad, salvo que la tenencia del menor haya sido otorgada judicialmente a uno de ellos o a un tutor, en cuyo caso deberá presentarse la sentencia judicial correspondiente.

Conforme nuevas disposiciones de la Dirección Nacional de Migraciones, se detalla a continuación los requisitos para elaboración del instrumento correspondiente.-

Menores de  13 años  que viajan solos

Requisitos

    Lugar de destino: si fuese más de un lugar, indicarlo detalladamente.-

    Datos de persona que embarca al menor, aportando número de vuelo y compañía aérea.-

    Datos del receptor: nombre y apellido, tipo y número de documento y domicilio.-

Certificado de nacimiento original y fotocopia  debidamente legalizado (o Libro de Familia) y los documentos de identidad argentina de los padres (pasaporte, DNI, C.I., L.E. ó L.C., según corresponda).

Arancel Consular: 50€.-

La  vigencia de la autorización es  solo para ese viaje.-

ACLARACIÓN:  una vez realizada la autorización o venia de viaje,  la misma deberá ser presentada para su legalización  en Buenos Aires en la sede de Cancillería, DPTO. LEGALIZACIÓN, sito en  Arenales 819, 1º Subsuelo (teléfono 0054 – 11 – 4819 – 7000)

Las autorizaciones o venias de viaje se podrán realizar también ante Notario Público español, debiéndose apostillar ante la  Delegación Notarial del escribano español.-

Autorización o Venia de Viaje para  Ingreso y Egreso de menores entre 14  a 17 años que viajan solos
 

El Trámite es presencial  por ambos padres (en caso de ausencia de uno de ellos deberá suplirse por un poder notarial)

La legislación Argentina establece que el padre y la madre comparten la patria potestad, salvo que la tenencia del menor haya sido otorgada judicialmente a uno de ellos o a un tutor, en cuyo caso deberá presentarse la sentencia judicial correspondiente.

Conforme nuevas disposiciones de la Dirección Nacional de Migraciones, se detalla a continuación los requisitos para elaboración del instrumento correspondiente.-

Menores de  14  a  17 años  que viajan solos

Requisitos

    Lugar de destino: si fuese más de un lugar, indicarlo detalladamente.-

    Certificado de nacimiento original y fotocopia  debidamente legalizado (o Libro de Familia) y los documentos de identidad argentina de los padres (pasaporte, DNI, C.I., L.E. ó L.C., según corresponda).

    Arancel Consular: 50€.-

La  vigencia de la autorización es de tres años.-

ACLARACIÓN:  una vez realizada la autorización o venia de viaje,  la misma deberá ser presentada para su legalización  en Buenos Aires en la sede de Cancillería, DPTO. LEGALIZACIÓN, sito en  Arenales 819, 1º Subsuelo (teléfono 0054 – 11 – 4819 – 7000)

Las autorizaciones o venias de viaje se podrán realizar también ante Notario Público español, debiéndose apostillar ante la  Delegación Notarial del escribano español.-

Autorización o Venia de Viaje para Ingreso y Egreso de menores que viajan acompañados por uno de sus padres

El Trámite es presencial

La legislación Argentina establece que el padre y la madre comparten la patria potestad, salvo que la tenencia del menor haya sido otorgada judicialmente a uno de ellos o a un tutor, en cuyo caso deberá presentarse la sentencia judicial correspondiente.

Conforme nuevas disposiciones de la Dirección Nacional de Migraciones, se detalla a continuación los requisitos para elaboración del instrumento correspondiente.-

Requisitos

Se requiere autorización expresa del otro padre (en caso de ausencia del padre autorizante deberá suplirse por un poder notarial), indicar el tiempo por el que se autoriza.-

Certificado de nacimiento original y fotocopia  debidamente legalizado (o Libro de Familia) y los documentos de identidad argentina de los padres (pasaporte, DNI, C.I., L.E. ó L.C., según corresponda).

Arancel Consular: 50€.-

Autorización o Venia de Viaje para Ingreso y Egreso de menores que viajan acompañados por tercero mayor de edad
 

El Trámite es presencial  por ambos padres (en caso de ausencia de uno de ellos deberá suplirse por un poder notarial)

La legislación Argentina establece que el padre y la madre comparten la patria potestad, salvo que la tenencia del menor haya sido otorgada judicialmente a uno de ellos o a un tutor, en cuyo caso deberá presentarse la sentencia judicial correspondiente.

Conforme nuevas disposiciones de la Dirección Nacional de Migraciones, se detalla a continuación los requisitos para elaboración del instrumento correspondiente.-

Menores de 17 años acompañados de terceras personas mayores de edad

Requisitos

    Lugar de destino: si fuese más de un lugar, indicarlo detalladamente.-

    Datos del acompañante: nombre y apellido, tipo y número de documento y domicilio.-

    Certificado de nacimiento original y fotocopia  debidamente legalizado (o Libro de Familia) y los documentos de identidad argentina de los padres (pasaporte, DNI, C.I., L.E. ó L.C., según corresponda).

    Arancel Consular: 50€.-

La  vigencia de la autorización es de tres años.-

ACLARACIÓN:  una vez realizada la autorización o venia de viaje,  la misma deberá ser presentada para su legalización  en Buenos Aires en la sede de Cancillería, DPTO. LEGALIZACIÓN, sito en  Arenales 819, 1º Subsuelo (teléfono 0054 – 11 – 4819 – 7000)

Las autorizaciones o venias de viaje se podrán realizar también ante Notario Público español, debiéndose apostillar ante la  Delegación Notarial del escribano español.-

NOTA ACLARATORIA

Vigencia de autorizaciones conferidas con anterioridad al 16/08/2005 de entrada en vigencia de la Disposición DNM 31100/05, mantuvieron su vigencia hasta el 31/03/2006, excepto para el caso de que el menor salga acompañado de UNO de sus padres.-

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